El pasado mes de enero, la Corte Interamericana de Derechos Humanos hizo pública su sentencia para el caso Pueblos Kaliña y Lokono vs. Surinam, que fue presentado por primera vez en enero de 2007 por los jefes de las ocho comunidades de estos pueblos del río Bajo Marowijne y la Asociación de Líderes de Pueblos Indígenas en Surinam (VIDS, por sus siglas en holandés).
La Corte encontró a Surinam responsable de múltiples violaciones de la Convención Americana sobre Derechos Humanos por no reconocer y garantizar la personalidad jurídica ni los derechos territoriales de los kaliña y los lokono, así como por violaciones activas de éstos y otros derechos en conexión con actividades de extracción de bauxita, la concesión de títulos de propiedad a personas no indígenas y la existencia de dos reservas naturales y las restricciones impuestas en ellas. La Corte aprobó también una serie de resoluciones con sus correspondientes plazos para remediar estas violaciones, que han causado “graves daños” a las comunidades afectadas.
La sentencia, por un lado, señala los enormes impactos derivados de las actividades desarrolladas por las empresas extractivas, subsidiarias de Alcoa y BHP Billiton, sin ninguna participación de los kaliña o los lokono y sin ningún tipo de evaluación de impactos, a pesar de que el área era tanto un territorio indígena como una reserva natural.
Por otro -recordando la importancia del respeto de los derechos indígenas para la conservación del medio ambiente-, la Corte resaltó que “deberán mantener, proteger y promover las prácticas tradicionales de los pueblos indígenas que colaboren con el cuidado y protección del medio natural y sostenibilidad. En este sentido, resulta pertinente apoyar los conocimientos, instituciones, prácticas, estrategias y planes de gestión relacionados con la conservación de los pueblos indígenas”.
La sentencia completa de la Corte, en español, está accesible en la página www.corteidh.or.cr