Boletín derechos indígenas

El consetimiento libre, previo e informado (CLPI)

Mesa de ponentes en la jornada sobre indígenas

El sistema internacional reconoce el derecho de los pueblos indígenas a sus tierras y territorios, así como a gestionar los recursos y bienes naturales que se encuentren en los mismos. Para garantizar este derecho, tanto el Convenio 169 OIT como la DNUPI establecen la obligación por parte de los Estados de celebrar consultas y a cooperar buena fe con los pueblos afectados “a fin de obtener su consentimiento libre e informado antes de aprobar cualquier proyecto que afecte a sus tierras o territorios y otros recursos”. Es lo que se conoce como consentimiento libre, previo e informado (CLPI).

Durante el mes de septiembre se desarrolló en Colombia el III Encuentro Internacional “El Derecho a la Consulta Previa en la Práctica: Desafíos y Oportunidades para los Actores en la Región Andina”, organizado por la AECID, en colaboración con el Centro Regional para América Latina y el Caribe, la Oficina del Alto Comisionado de Derechos Humanos (OHCHR), y la Agencia Alemana de Cooperación Técnica. Dicha actividad tuvo por objetivo consensuar indicadores de medición para la consulta previa, libre e informada, de acuerdo a estándares internacionales y avanzar en procesos de dialogo entre actores que participan en los procesos de consulta.

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